


En consecuencia, es válido explicar que no se ordenó la DESPENALIZACIÓN del consumó de marihuana, sino que lo que se dispuso es la inconstitucionalidad de CASTIGAR a una persona adulta por tener y consumir marihuana si no pone en peligro a terceros. Despenalizar, implica una reforma concreta en la parte pertinente de la Ley de Estupefacientes, materia que no está a cargo del Poder judicial, sino que compete al Poder Legislativo. Despenalizar, significa considerar que determinada conducta ( en este caso el consumo personal de marihuana ) no agrede un bien jurídico determinado, por lo que no debe ser perseguida y castigada. Lo que se ha consagrado en este fallo, es la posibilidad de que frente a una detención o el inicio de una acción por parte del Ministerio Publico, dadas las condiciones, ese proceso sea calificado de inconstitucional.a. Cada individuo adulto es soberano para tomar decisiones libres sobre el estilo de vida que desea sin que el Estado pueda intervenir en ese ámbito (Art 19 CN);
b. No cabe penalizar conductas realizadas en privado que no ocasionan peligro o daño para terceros. Los argumentos basados en la mera peligrosidad abstracta, la conveniencia o la moralidad pública no superan el test de constitucionalidad;
c. La conducta realizada en privado es licita, salvo que constituya un peligro concreto o cause daños a bienes o derechos de terceros.
Resulta interesante, destacar lo que los jueces manifiestan en el considerando Nº 27 del fallo:
"Que la decisión que hoy toma este Tribunal, en modo alguno implica "legalizar la droga". No está demás aclarar ello expresamente, pues este pronunciamiento, tendrá seguramente repercusión social, por ello debe informar a través de un lenguaje democrático, que pueda ser entendido por todos los habitantes y en el caso por los jóvenes, que son en muchos casos protagonistas de los problemas vinculados con las drogas (Ordoñez-Solis David, "Los Jueces Europeos en una Sociedad Global: Poder, Lenguaje y Argumentación", en European Journal of Legal Studies, vol. I EJLS, n° 2)."
En ese pequeño fragmento, queda en claro cual es la intención de la Corte al fallar, y da por tierra muchos de los planteamientos incorrectos que se dan en el ámbito de la opinión publica. NO SE LEGALIZA NADA, simplemente se señala que la conducta no punible solo es aquella que se da en específicas circunstancias que no causan daños a un tercero.
Reservo mi opinión para mas adelante...^^
vierte en arandano en la pelicula de Willy Wonka ( Aunque mucho mas grande, y con otro corte de pelo ). Se acerca, me da un beso y despues me abraza. Tiene miedo, lo noto. Miramos juntos por el ventanal, y me dice algo que no recuerdo. Aparentemente soy el lider de la resistencia en una sociedad postapocaliptica o post guerra nuclear. La ciudad es nada mas que una jungla, y quedan poco sobrevivientes. Mi base, es mi antiguo colegio. Afuera, solo desolacion y una espesa vegetación...El aire se nota viciado.

Desprecian la carne y se alimentan básicamente de cereales. Tienen entre 20 y 35 años, no les interesa estudiar una carrera universitaria, descuidan el trabajo o no trabajan, no proyectan una familia ni tampoco tener pareja fija ni siquiera ocasional. Los hervíboros viven con sus padres, aman las golosinas y las tortas, especialmente el tiramisú, chatean y navegan por comunidades virtuales y también poseen costumbres de salón de belleza. Cuidan meticulosamente las uñas, se maquillan y se ponen brillantina en el pelo. Una tienda de Tokio ha vendido 4 mil corpiños a compradores hombres. Un dato aislado pero no menor: la caída de la venta de preservativos es constante.
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